Article molt interessant sobre la interrelació
de la UE amb Catalunya i el seu referèndum. L’autor es licenciado y MBA por ESADE. Fue
funcionario de las instituciones de la UE durante el periodo 1986-2012. Quin tipus de
funcionario? A quin partit vota? Té el mosquetó darrera la porta com el
sinistre Fraga Iribarne? Publica articles a La Voz de Barcelona, diari digital
ultra-fatxa!
Les seves opinions podrien ser valuoses. Vol
demostrar que és molt equànim! Ens ho podem creure? Crec que no. Tanmateix crec
que cal llegir les seves opinions!
¿Un referéndum democrático?
Víctor Andrés Maldonado en El País
el 28 febrero, 2014 en Derechos, Internacional, Justicia, Libertades, Política, Sociedad
TRIBUNA
Es dudoso que la
consulta pretendida cumpla los requisitos internacionales
Los criterios para la aceptación por parte de la
comunidad internacional del resultado de un hipotético referéndum de
independencia en Cataluña son claros. Primero, el respeto del Estado de Derecho, es decir de las
leyes (incluida la Constitución) y de las sentencias de los tribunales y, por
lo tanto, la necesidad de un acuerdo con el Gobierno español.
Segundo, y en base a la
sentencia del Tribunal Supremo de Canadá sobre las consultas celebradas en
Quebec, el referéndum debería realizarse con una pregunta clara y que obtuviera
una mayoría clara a favor. Precisamente, esas fueron las condiciones
impuestas por la UE en el referéndum de independencia de Montenegro en 2006: una pregunta clara
(¿desea que la República de Montenegro sea Estado independiente con plena
legitimidad conforme al Derecho internacional?), una participación mínima del
50% del electorado, así como el 55% de votos afirmativos de los válidamente
emitidos. En este contexto, solo recordar que la ratificación del
actual Estatuto de Autonomía de Cataluña no habría sido posible bajo esas
mismas condiciones, ya que la participación del electorado fue menor del 50%.
Pero existen otras
condiciones también importantes que se refieren al entorno en el que se
celebran las votaciones. En Europa, la valoración de este entorno la realiza la
OSCE, a través de la llamada “observación electoral”, sin cuyo aval democrático
a la consulta no se puede aspirar al reconocimiento internacional de sus
resultados. Y lo efectúa de una manera transparente, con el
envío de “observadores electorales” unos meses antes de su celebración,
reforzados con expertos adicionales durante los días previos a la consulta, y
en base a unos criterios bien conocidos: 1) Respeto de los derechos humanos
relativos al ejercicio del derecho de sufragio, es decir, se evalúa si la
libertad de expresión, la libertad de asociación, el derecho de reunión,
etcétera, se ejercen sin ningún tipo de cortapisas con el fin de comprobar que
las votaciones se realizan con igualdad de oportunidades para las diferentes
opciones. 2) Buen funcionamiento e independencia del poder judicial, incluida
la relativa al organismo encargado de velar por el buen desarrollo del proceso
electoral, con el fin de asegurarse que tanto las votaciones en sí mismas, como
el control de todo el proceso y las posibles reclamaciones se efectúan conforme
a la ley y reflejan fielmente la voluntad del electorado. 3) La no utilización
por parte de las instituciones del Estado en cuestión de los recursos públicos
o de los medios de comunicación públicos y subvencionados con el fin de apoyar
a una de las opciones.
En vista de la actual situación en Cataluña, y en
base a mi experiencia en unos cuantos procesos electorales en diferentes partes
del mundo, ¿cuál
podría ser la evaluación de la OSCE si el referéndum de autodeterminación se
celebrara mañana?
Para empezar, la OSCE no
podría aceptar la validez del resultado de un referéndum que no tuviera un
encaje legal anclado en la Constitución y en un acuerdo con el Gobierno
español. En dicho caso, con toda seguridad ni siquiera
enviaría un equipo de observadores electorales. Asimismo, la doble pregunta acordada entre CiU, ERC, ICV
y CUP tendría pocas posibilidades de ser considerada como aceptable debido a su
falta de claridad, en concreto respecto de su primera parte.
En cuanto a la evaluación del respeto de los
derechos humanos fundamentales relativos al ejercicio del derecho de sufragio,
la evaluación debería ser globalmente positiva, si bien es posible que se
realizaran críticas a la intimidación que determinados sectores proindependencia
llevan a cabo en contra de los partidos opuestos a la misma, como
por ejemplo los boicoteos que estos sufren regularmente en sus actos públicos,
en particular si los responsables del orden público no hacen nada por
impedirlo.
En cuanto a las instituciones encargadas de velar
por el buen desarrollo del proceso (Junta Electoral y tribunales de justicia),
no debería haber ningún problema en el supuesto de que estas siguieran siendo
las que la legislación española designa, ya que hasta el presente así ha sido
desde la reinstauración de la democracia en España. En este contexto, ni que
decir tiene que las consultas secesionistas celebradas en determinados
ayuntamientos de Cataluña en 2009 y 2010 no pasarían este test de validez. Lo mismo ocurriría,
con mucha probabilidad, en el caso de que la Generalitat convocase un
referéndum al margen de las instituciones designadas para su ejecución y
control.
En lo que se refiere a la utilización de recursos
públicos para promover la opción independentista, sería probable que la OSCE
mencionara como problemáticos dos elementos: la creación de las llamadas
“estructuras de Estado” financiadas por el erario incluso antes de que el
electorado haya podido pronunciarse a su favor en una consulta y,
adicionalmente, el apoyo financiero brindado desde las autoridades autonómicas
catalanas hacia determinados organismos, ONGs y demás actores económicos y
sociales con el propósito de promover el ideal soberanista entre el electorado.
Finalmente, y en lo que se refiere a la
utilización de los medios de comunicación, el claro escoramiento de los canales
públicos de televisión y radiodifusión catalanes (en particular, TV3 en los
últimos tiempos), así como de los medios impresos subvencionados por la
Generalitat (oficialmente para la promoción de la lengua catalana) hacia
posiciones en defensa del proceso soberanista (si bien alguno de ellos ha
cambiado últimamente su línea hacia una posición de mayor neutralidad) sería
otro punto negro a destacar por parte de la OSCE. Efectivamente, los expertos
miden los tiempos y espacios dedicados por los medios públicos y subvencionados
a la defensa de cada una de las opciones, pero no solo durante la campaña
electoral, sino también en su programación general y desde la llegada de los
expertos unos meses antes de la consulta. Se podría aducir que lo mismo sucede,
pero en sentido contrario, en los medios de comunicación estatales públicos y
subvencionados (fundamentalmente RTVE, pues no existen subvenciones estatales a
los medios impresos), lo que “compensaría” la situación; yo no creo que sea
comparable el apoyo que reciben las tesis soberanistas por parte de TV3 con el
posicionamiento más neutral de RTVE al respecto. Asimismo, harían un análisis
de los medios de comunicación privados, pero sin que su conclusión tuviera el
mismo grado de importancia.
El problema de fondo no es que los partidarios de
la independencia hagan todo tipo de promoción de su ideario, sino que lo hagan
desde las instituciones y, más aún, con el dinero del contribuyente que nos
pertenece a todos nosotros, los ciudadanos de Cataluña.
En resumen, dada la actual
situación en Cataluña, es dudoso que, de celebrarse hoy, un referéndum de
independencia cumpliera con los estándares internacionales que lo avalaran como
plenamente democrático y que, por lo tanto, su resultado recibiera el
reconocimiento internacional.
Víctor Andrés Maldonado es
licenciado y MBA por ESADE. Fue funcionario de las instituciones de la UE
durante el periodo 1986-2012.
Joan
A. Forès
Reflexions
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