Benvolguts,
Ja fa molt anys corria
l’acudit sobre la resposta a la pregunta de quina era la definició del
microsegon.
L’assumpte funciona així:
-Quina és la definició
del microsegon?
-És el temps que transcorre entre que el
semàfor es posi en verd i que el “fill de puta” del cotxe del darrere toqui el
clàxon!
Doncs bé, ara podem
fer-ne una nova versió que digui:
-És el temps que transcorre entre que el
Parlament de Catalunya aprovi una nova llei i que el Gobierno de Madrid la porti
al Tribunal Constitucional.
Ja sabeu quina és la nova definició de microsegon!
Vegem l’article del Ramón Cotarelo sobre aquest assumpte:
Accidentes del
trayecto
Ramón Cotarelo.
Una vez más, el Tribunal Constitucional ha
cumplido los deseos del gobierno y ha tomado una decisión
en menos de veinticuatro horas. Pero
astutamente no ha respondido a todos los requerimientos del ejecutivo. Ha
suspendido, sí, la decisión del Parlamento catalán que precisamente se
había adoptado en claro incumplimiento de una prohibición previa del alto
órgano del Estado, pero no se ha dirigido a la presidenta Forcadell, como se le
solicitaba. Suspender un acto que en sí mismo es
nulo, según decisión previa de la autoridad suspensiva, suscita cierta
perplejidad. Pero nada más. El resto de
circunstancias que rodean estos hechos suscita más bien indignación y
desconsuelo a partes iguales.
De aquí a septiembre
tiene la presidenta Forcadell para informar sobre el procedimiento seguido y,
es de suponer, para alegar lo que desee. De aquí a septiembre también podemos
encontrarnos en la tercera campaña electoral y con un grado de enconamiento del
conflicto catalán sin par hasta la fecha. Ahí es donde
el tribunal tendrá que actuar por la vía de la inhabilitación y/o imposición de
una multa a Forcadell. Y con un
gobierno en funciones cada vez más claramente interesado en fomentar una
situación de inestabilidad y zozobra en beneficio propio y teniendo un concepto
muy amplio de "beneficio".
La
voluntad de los indepes catalanes es manifiesta. Lo dice Puigdemont: obedecer,
sí, pero al Parlamento de Cataluña, no al Tribunal que suspende sus decisiones
y se arroga la competencia de fiscalizar sus actos en el momento en que se
ponen en marcha.
Vistas así las cosas, la
cuestión es saber si con su actuación el Tribunal más que suspender el
proceso independentista no está acelerándolo.
Ramón Cotarelo
Joan A. Forès
Reflexions
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