dijous, 6 d’agost del 2015

04/08/15. Cotarelo. Lo que pudo ser. Ucronia.

Lo que pudo ser. Ucronia...
Pongamos a trabajar nuestras imaginaciones.

Año 2012. Tras un intenso debate en la opinión pública, con fogosas intervenciones en el Parlamento, gran alarde de tertulianos en las televisiones y una intensa revisión de los postulados esenciales de los pincipales partidos españoles, especialmente los dos dinásticos, queda aprobada una Ley Orgánica de Ejercicio del Derecho de Autodeterminación de los Pueblos de España. Fue necesario consultar a ristras de expertos sobre la naturaleza de ese derecho que muchos negaban de raíz y otros afirmaban sin vacilación alguna. La ley regula el ejercicio del citado derecho, las circunstancias en que puede reclamarse, la naturaleza jurídica de las colectividades que lo hagan, el alcance y la finalidad de la iniciativa, así como unas disposiciones acerca de cada cuánto tiempo cabe ejercitarlo.

Año 2013. El Congreso de los Diputados decide que ha lugar a una reforma en profundidad de la Constitución de 1978, vista la cantidad de propuestas de revisión que se presentan. Tras un periodo de debate sobre la necesidad de racionalizarlas para establecer órdenes de prioridades y garantizar la gobernanza del Reino pero sin obstaculizar el habitual trabajo del Parlamento, este decide constituir una Convención especial ad hoc. El trabajo de esta entidad, en la que tendrán representación todas las fuerzas políticas del arco español será clasificar las propuestas de enmienda, y establecer algún tipo de orden entre ellas y, sobre todo, dar prioridad a las cuestiones relativas a la organización territorial del Estado la cuestión litigiosa por excelencia . La convención está encargada de debatir y proponer finalmente varios proyectos de distribución territorial del poder en España, que van desde un retorno al centralismo tradicional español hasta la propuesta de independencia sin más a los efectos de que la población pueda elegir con conocimiento de causa.

Año 2014. Luego de otro largo y agitado proceso de debate acerca de cómo convertir en realidad práctica ese principio de autodeterminación, las Cortes aprueban una llamada Ley de claridad, a imagen y semejanza de la promulgada en el Canadá con motivo de dos referéndums de autodeterminación en la provincia de Quebec. La ley, aprobada por consenso de todos los grupos parlamentarios, especialmente los soberanistas catalanes, regula el ejercicio práctico de ese derecho, el tipo o los tipos de consulta que se celebrarán y las mayorías necesarias a la hora de tomar según qué decisiones.

Año 2015. Queda fijado un referéndum de autodeterminación para el 27 de septiembre. En él, la pregunta a la ciudadanía catalana será si quiere que Cataluña se constituya en Estado independiente de España y plenamente soberano o se rechaza la independencia y se prefiere dar un voto de confianza para que la Convención proponga alguna solución con el apoyo de la mayoría. Dicha propuesta habrá de ser sometida después a referéndum en aquellas partes del Estado que, estando directamente afectadas por ella,  así lo soliciten. En el supuesto de que el resultado del referéndum sea la independencia frente a España, está acatará la voluntad popular y tomará las medidas pertinentes para establecer relaciones de colaboración y apoyo mutuo con el nuevo Estado europeo.

¿Ven qué fácil hubiera podido ser de haber prevalecido un espíritu tolerante, democrático, abierto al reconocimiento de todos los derechos de los pueblos y no la habitual cerrazón española a ningún tipo de negociación y la voluntad de imponer sus criterios a la fuerza? El resultado, fuere el que fuere, habría sido mutuamente beneficioso y ahora no sería necesario contener el aliento para averiguar qué consecuencias pueda tener la política del chicken run o "juego del gallina" que ha planteado el gobierno español  con intención de amedrentar a la Generalitat y obligarla a desistir de sus propósitos sin conseguirlo, haciendo de paso un ridículo épico.

Es imposible apagar un fuego echándole gasolina. Eso solo se le ocurre a quien carezca de facultades mentales o las tenga muy trastornadas.

Joan A. Forès
Reflexions

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