Benvolguts,
El mes passat va sortir al diari Público una entrevista al
constitucionalista Javier Pérez Royo. Parla de la Constitució i fonamentalment de la fi de la Constitució, que pel que ell explica tenia com a objecte tornar a entronitzar els borbons. Demostra que la Consti s'havia fet amb una tècnica d'obsolescència controlada i tenia una data de caducitat que ja ha arribat!
Nosaltres ja havíem explicat més d'un cop en el Racó del Xerraire i en aquest Bloc la teoria de l'Hèctor López Bofill, també professor de Dret Constitucional, sobre les Transicions dels països sotmesos a ocupació a estats lliures en el seu estadi natural d'independència i que la primera consideració era que calia abans de res consultar al poble sobre el territori que consideraven com a intrínsec al nou estat basant-se en la història i en el sentit de pertinença dels seus habitants (mètode que fou usat a l'Índia i el Paquistan, un cop alliberats del poder britànic després de la Segona Guerra Mundial, i del que fou usat als territoris nacionals dels paisos sota domini de l'URSS o de Iugoslàvia, paisos bàltics, paisos balcànics, o sigui paisos que ja havien sigut independents en moltes etapes de la seva història, en els anys 90 del segle passat). La segona consideració era la consulta sobre els tipus d'estructura d'estat que desitjaven i que podia ser monarquia, república o dictadura, entre d'altres. D'aquestes consultes prèvies en derivava un Govern i una Constitució (conjunt de Lleis) per a cada estat independitzat.
El professor Pérez Royo va explicar d'entrada que a Espanya es varen cremar etapes ja que abans de res es va crear una Constitució que els poders fàctics ja havien decidit sobre quins territoris s'aplicaria i simultàniament els mateixos poders fàctics ja havien decidit que l'estructura d'estat que imposaven era la monarquia i qui en seria el monarca o sigui la cirereta del pastís. Diu en Pérez Royo que "La Constitución se edificó sobre las leyes franquistas con un único fin: instaurar la monarquía.” [I amb soroll de sabres i moviments de sobres que anaven i venien des del Parlament als capitans generals dels exèrcits!].
L'entrevista és llarga i espessa per a un no entès en la matèria, però tanmateix sucosa. Intentarem treure’n una mica l’entrellat.
Començarem per saber qui és Javier Pérez Royo. Analitzarem una mica els temes de l'entrevista i ens adonarem d'entrada que aquest senyor explica categòricament el que nosaltres havíem comprès amb els anys i que és que Franco després de 40 anys de dictadura cruel i salvatge, ens havia condemnat a que els seus sinistres sicaris ens imposessin els seus sinistres propòsits per tal que el franquisme (atado y bién atado) continués eternament en forma de monarquia (hereditària!).
Nosaltres ja havíem explicat més d'un cop en el Racó del Xerraire i en aquest Bloc la teoria de l'Hèctor López Bofill, també professor de Dret Constitucional, sobre les Transicions dels països sotmesos a ocupació a estats lliures en el seu estadi natural d'independència i que la primera consideració era que calia abans de res consultar al poble sobre el territori que consideraven com a intrínsec al nou estat basant-se en la història i en el sentit de pertinença dels seus habitants (mètode que fou usat a l'Índia i el Paquistan, un cop alliberats del poder britànic després de la Segona Guerra Mundial, i del que fou usat als territoris nacionals dels paisos sota domini de l'URSS o de Iugoslàvia, paisos bàltics, paisos balcànics, o sigui paisos que ja havien sigut independents en moltes etapes de la seva història, en els anys 90 del segle passat). La segona consideració era la consulta sobre els tipus d'estructura d'estat que desitjaven i que podia ser monarquia, república o dictadura, entre d'altres. D'aquestes consultes prèvies en derivava un Govern i una Constitució (conjunt de Lleis) per a cada estat independitzat.
El professor Pérez Royo va explicar d'entrada que a Espanya es varen cremar etapes ja que abans de res es va crear una Constitució que els poders fàctics ja havien decidit sobre quins territoris s'aplicaria i simultàniament els mateixos poders fàctics ja havien decidit que l'estructura d'estat que imposaven era la monarquia i qui en seria el monarca o sigui la cirereta del pastís. Diu en Pérez Royo que "La Constitución se edificó sobre las leyes franquistas con un único fin: instaurar la monarquía.” [I amb soroll de sabres i moviments de sobres que anaven i venien des del Parlament als capitans generals dels exèrcits!].
L'entrevista és llarga i espessa per a un no entès en la matèria, però tanmateix sucosa. Intentarem treure’n una mica l’entrellat.
Començarem per saber qui és Javier Pérez Royo. Analitzarem una mica els temes de l'entrevista i ens adonarem d'entrada que aquest senyor explica categòricament el que nosaltres havíem comprès amb els anys i que és que Franco després de 40 anys de dictadura cruel i salvatge, ens havia condemnat a que els seus sinistres sicaris ens imposessin els seus sinistres propòsits per tal que el franquisme (atado y bién atado) continués eternament en forma de monarquia (hereditària!).
Qui és Javier Pérez Royo?
Segons la Viqui:
Javier Pérez Royo (Sevilla, 1944)
es un jurista español, Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad
de Sevilla y comentarista político.
Doctorado en Derecho por la
Universidad de Sevilla, realizó diversos estudios complementarios en la
Universidad de Tubinga, Universidad de Minnesota y el Instituto Max Planck. En
la propia Universidad sevillana inició su actividad docente como profesor en
1966. De 1988 a 1992 fue Rector de la misma y Presidente de la Conferencia de
Rectores de España.
Fue miembro de la Comisión
Redactora del Estatuto de autonomía de Andalucía y participó también en la
redacción del Estatuto de autonomía de Cataluña de 2006. Es comentarista
habitual de los diarios El País y El Periódico de Cataluña, y de la Cadena SER.
Autor de numerosas obras sobre el derecho constitucional.
Recibió el Premio Blanquerna de
la Generalidad de Cataluña en 2007, la Medalla de Oro de la Junta de Andalucía
y la Medalla de Oro del Parlamento de Andalucía.
En l’entrevista de
Julia Pérez es toquen molts temes. Qui queda més mal
parada (parida?) és la Consti i la mare que la va parir.
Sobre la Consti:
“La
Constitución se edificó sobre las leyes franquistas con un único fin: instaurar
la monarquía.” [I amb soroll de sabres, sobres que anaven i
venien des del Parlament als capitans generals dels exèrcits!]
Considera que “hemos conseguido el respeto
a los derechos fundamentales; establecer relaciones
laborales; una descentralización política de envergadura; la alternancia sucesiva en el poder.” Desde
la muerte de Franco y la Transición, hemos tenido un sistema político ordenado jurídicamente a
través de la Constitución y que ha funcionado de
una manera razonablemente satisfactoria.
Y se han ido dando respuesta a la mayor
parte de problemas que habían impedido estabilizar un régimen constitucional:
la compatibilidad de la monarquía con
el derecho de sufragio universal; la supresión del poder militar, que vigilaba
al poder civil y lo sustituía periódicamente en el siglo XX; la tensión con la Iglesia que
había sido insoportable en los procesos de 1869 y 1931... Hemos conseguido
el respeto a los derechos
fundamentales; establecer relaciones laborales; una descentralización política
de envergadura; la alternancia
sucesiva en el poder. [Per molt jurista español que sigui ja es veu que té més d’español
que de jurista!]
I us proposo uns quants tasts:
·
La carta magna surgida en 1978 no
tiene salida, porque saltó por los aires en 2010.
·
Yo creo que no va a haber
voladura; va a haber implosión
·
Catalunya está desintegrada
políticamente, porque tiene la independencia y se ha fracturado internamente. Lo que está pasando en Catalunya tiene un componente de
una fragilidad superior. Pero no es tan diferente que lo que va a pasar en España.
·
El Tribunal Constitucional
formalmente dicta una sentencia en 2010, pero materialmente esa sentencia es un golpe de Estado.
·
Nos hemos quedado sin
Constitución; está dirigida a unos ciudadanos que rechazan en un 80% esa
desautorización.
·
Un Tribunal Constitucional no
puede pactar. Puede intervenir a posteriori en la interpretación que se
haga para concretarlo. Pero no puede corregir el pacto
entre parlamentos y desautorizar a los ciudadanos.
·
La estructura del Estado no está en la Constitución, no está aprobada en referéndum por el
pueblo español.
·
Este Estado es antifederal. El territorio en base al
cual se hace la definición del Estado es la provincia, pero no las comunidades autónomas que existen sociológicamente
y casi no existen para la Constitución. Esa es la barbaridad. Cogen la provincia, que es la institución territorial del antiguo régimen, y con
base en ella se define la representación del pueblo español tanto en el
Congreso de los Diputados como en el Senado. Nuestra Constitución territorial es una
Constitución provincial. Y eso es
antifederal y antidemocrático.
·
El Senado es materialmente
anticonstitucional; ¡el Senado es un aborto!
·
Para la reforma de la Constitución, primero hay que resolver quién va a tomar la
decisión y quién, a partir de este momento, va a ser el representante del
pueblo español. La composición de las Cortes Generales es decisiva, y ahí tiene que
haber una traducción del principio de igualdad, y no de la igualdad domesticada, cautiva y encorsetada de la Constitución.
I ara l’entrevista:
17/10/2015
Julia Pérez
Javier Pérez Royo considera
que la Constitución se ha convertido en inviable y ha iniciado una fase de
implosión final. Son claves la sentencia del TC que anuló parte del Estatut y
el posible fin del bipartidismoen las próximas elecciones generales
Javier Pérez Royo.- JAIRO VARGAS
MADRID.- Ya puestos, ¿por qué no volar la Constitución? Javier Pérez Royo (Sevilla, 1944) es un catedrático
de Derecho Constitucional que, con voz pausada y discurso didáctico, expone una
conclusión provocadora:
la carta magna surgida en 1978 no tiene salida, porque saltó por los aires en 2010.
Y ha publicado un ensayo La reforma constitucional inviable (Los Libros de la Catarata,
2015)
donde reclama audacia para abordar la nueva fase política.
Pérez Royo
sostiene que la Constitución está pensada para no ser reformada.
Cuestiona el
sistema de representación, una "trampa", escribe, en la que no cayeron
los constituyentes y que
Se
edificó sobre las leyes franquistas con un único fin: instaurar la monarquía...
Cuestiona el propio proceso de definición de las Cortes Constituyentes. Califica de "atajo" la Transición...
Y asiste expectante al resultado que depare las próximas elecciones del 20 de
diciembre de 2015,
donde se comprobará si el bipartidismo constitucional ha concluido y si se
confirma la
crisis sistémica en la que, dice,
estamos inmersos.
"Yo creo que no va a haber voladura; va a
haber implosión". Pérez Royo casi susurra la palabra "implosión", consciente de la gravedad histórica del momento.
"Va a pasar lo mismo que ocurrió con la Constitución de la Restauración de
1876,
que se pasan desde finales del siglo XIX hasta el año 30 discutiendo sobre su
reforma. La Academia de Ciencias
Políticas, las universidades, los periódicos... todo el mundo hablando de
la reforma de la Constitución y no se reforma, sino que salta el 14 de abril [de 1931,
fecha de la proclamación de la Segunda República]. El sistema ha quedado sin legitimidad, la
Constitución ha quedado vacía, no tiene alma, es un
cascarón vacío y se hunde. Algo similar le va a ocurrir a
ésta; ése es el camino por el que vamos. En España se discute de reforma de la
Constitución más que en ningún otro país del mundo, con muchísima
diferencia".
Su primer libro sobre reforma de la Constitución,
recuerda, ya lo escribió en 1988, que fue premio de investigación del Congreso
de los Diputados: "Las Constituciones que no se reforman acaban
saltando por los aires".
Usted sostiene que la reforma constitucional es
inviable, aunque se plantee por un partido mayoritario como el PSOE, al que
usted asesora. ¿Qué solución cabe?
La Constitución española no es especialmente
rígida; está en la media de las constituciones europeas. Las mayorías
cualificadas que exige son las que existen en todas las demás. Por lo tanto, no es un problema jurídico, es un problema político.
El obstáculo que hay en España es que, a lo largo
de nuestra historia, la sociedad española
nunca ha sido capaz de plantearse en circunstancias de normalidad una operación
constituyente.
Nosotros siempre nos hemos puesto de acuerdo cuando
estábamos en una situación en la que ya no podíamos no ponernos de acuerdo:
porque los
franceses invaden en 1808; porque muere Fernando VII sin descendiente varón y se producen las guerras carlistas; porque llega la
revolución de 1868
y se echa a Isabel II y a la
dinastía de los Borbones, porque
llega el 14
de abril y se echa por segunda vez a los Borbones...
Esto es lo que diferencia la historia constitucional española de los demás
países democráticos. España no ha hecho nunca
una reforma de la Constitución.
Pero, ¿ qué solución cabe? ¿Reforma, ruptura de la
legalidad, voladura?
El sistema constitucional español tiene cierta
estabilidad, está ahora mismo en una situación calamitosa pero ha estado
funcionando durante casi 40 años. Desde la muerte de Franco y la Transición, hemos
tenido un sistema político ordenado jurídicamente a través de la Constitución y
que ha funcionado de una manera razonablemente satisfactoria. Y se han ido
dando respuesta a la mayor parte de problemas que habían impedido estabilizar
un régimen constitucional: la compatibilidad de la monarquía con el
derecho de sufragio universal; la supresión del poder militar, que vigilaba
al poder civil y lo sustituía periódicamente en el siglo XX; la tensión con la
Iglesia que había sido insoportable en los procesos de 1869 y 1931...
Hemos conseguido el respeto a los derechos
fundamentales; establecer relaciones laborales; una descentralización política de
envergadura; la alternancia
sucesiva en el poder...
Esta Constitución nos ha permitido aprobar muchas
de las asignaturas constitucionales que teníamos pendientes de nuestra
historia, pero nos queda la gorda: la reforma
de la Constitución, que es la máxima expresión del principio de legitimidad
democrática del Estado
constitucional.
La reforma es una vía de renovación de la legitimidad constituyente y
de comisión de la legitimidad constituyente originaria con la legitimidad de
ejercicio de los poderes del Estado constituido. Y sin reforma de la
Constitución se pierde ese vínculo de la legitimidad de origen y
la legitimidad
de ejercicio, y la legitimidad de origen conforme pasa al tiempo va
perdiendo consistencia. Y se queda el sistema vacío de legitimidad.
¿Nuestro sistema está vacío de legitimidad?
Está vaciándose a
una velocidad de vértigo ¿Hay
una cosa más vergonzosa que hacer en una legislatura cinco presupuestos, en
lugar de cuatro, y con trampa? ¿Hay mayor
síntoma de vaciamiento de legitimidad de un parlamento al que se le va a hacer
votar una cosa que saben que no se va a cumplir? Lo mismo
ocurre con la Ley
Wert de Educación, que no se aplica ni se aplicará...
O sea, las elecciones de 2015 serán cruciales para
confirmar si el sistema bipartidista ha muerto
En España se tenían que haber ido produciendo
reformas periódicamente, que nacen del interior de la sociedad española. Pero
no ha ocurrido. Mi impresión es que en estas elecciones va a resultar un panorama de ingobernabilidad. Esta Constitución está pensada para que se
gobierne a través del bipartidismo
y, si no, no funciona. Es muy difícil que vaya a funcionar si ningún partido
llega a los 120
diputados. Lo que está pasando en Catalunya es
lo que va a acabar pasando en el resto de España.
Entonces, ¿Catalunya es la avanzadilla?
Catalunya es peor, porque está
desintegrada políticamente, porque tiene la independencia y se ha fracturado
internamente. Lo
que está pasando en Catalunya tiene un componente de una fragilidad superior. Pero no es tan
diferente que lo que va a pasar en España.
Creo que no estamos viendo todavía la película bien; la iremos viendo conforme nos vayamos aproximando al 20 de diciembre. Yo creo que la dimensión de la fractura territorial se va a acentuar.
Creo que no estamos viendo todavía la película bien; la iremos viendo conforme nos vayamos aproximando al 20 de diciembre. Yo creo que la dimensión de la fractura territorial se va a acentuar.
Electoralmente Catalunya
se ha independizado de España, a partir de la sentencia del Tribunal
Constitucional de 2010. Si se cogen los resultados desde 1977, el sistema de
partidos de Catalunya y de España son primos hermanos: existen concomitancias
entre los resultados para los partidos de gobierno de España. Siempre tienen más del 50%, entre los dos. Y CiU dirige en Catalunya y contribuyen a la gobernabilidad del Estado, aunque se
tenga mayoría absoluta. Esto es lo que se ha roto: los partidos de gobierno de España
han dejado de tener presencia en Catalunya. Si
proyectas los resultados del 27 de septiembre en las circunscripciones
electorales para el Congreso de los
Diputados, te sale que el PP
obtendría de 3 a
4 escaños y el PSOE de 5 a 6 escaños, quizá 7. ¿Y cómo gobiernas
España con 3
diputados en Catalunya? Para gobernar España tienes que tener una presencia en
Catalunya.
Pero su argumento choca con el
surgimiento de partidos alternativos que se está produciendo y las posibles
coaliciones con ellos, donde el resultado proyecta que la mitad de los electores no es independentista...
Otra cuestión
es que el independentismo sea un espejismo, que no sea posible. Esa
es mi impresión. Cuestión distinta es que nos encontremos en una situación de
desgobierno. El independentismo catalán no
tiene fuerza para independizarse, pero le sobra tamaño para hacer ingobernable
al Estado. Ese es el drama. El drama no es que ellos se vayan a
independizar, sino que nos podemos convertir en ingobernables porque tienen un
peso: Catalunya es Catalunya. Electoralmente ha
cortado. Ahora veremos políticamente qué es lo que va a pasar.
¿No tiene la impresión de que el sentimiento ha
reemplazado a la legalidad?
Aquí lo que ha pasado es que el Tribunal Constitucional formalmente dicta una sentencia en
2010, pero materialmente esa sentencia es un golpe de Estado. La sentencia del TC es un golpe de Estado. Es decir, la Constitución territorial española se
basa en el pacto entre el parlamento autónomo y el Congreso de los Diputados
para la elaboración de un estatuto que remite la cámara autónoma y el
referéndum posterior entre el cuerpo electoral de la nacionalidad o región. En
caso de desacuerdo, prevalece la voluntad del Congreso sobre la del parlamento
autónomo. Si hay acuerdo, el texto tiene que ir al cuerpo electoral de la
nacionalidad o región para su refrendo.
Es decir, el
parlamento de la autonomía no puede imponer al Estado un estatuto con el que no
esté de acuerdo, ni el Estado puede imponer a la nacionalidad o región un
estatuto con el que sus ciudadanos no estén de acuerdo. Esa es la Constitución
territorial. Y esa Constitución se ha cumplido siempre desde 1978,
pero se rompe con la reforma del Estatuto de Catalunya: el Tribunal Constitucional desautoriza el
pacto entre los dos parlamentos y le quita la última palabra a los ciudadanos
que se habían pronunciado en referéndum.
Nos
hemos quedado sin Constitución; está dirigida a unos ciudadanos que rechazan en
un 80% esa desautorización.
En su opinión, el Tribunal Constitucional jamás
debió intervenir en el Estatuto..
La inserción de un territorio o región en un
Estado no puede hacerlo nada más que órganos legitimados democráticamente de manera directa,
que son órganos legitimados que pueden pactar. Un Tribunal Constitucional no puede pactar. Puede
intervenir a posteriori en la interpretación que se haga para concretarlo. Pero no puede
corregir el pacto entre parlamentos y desautorizar a los ciudadanos.
Por eso no tenemos salida en Catalunya,
porque nos hemos quedado sin Constitución. Formalmente
tenemos Constitución, pero materialmente ha dejado de ser aceptada por los
ciudadanos a los que va dirigida.
¿Es una Constitución fallida en Catalunya?
Los ciudadanos que
tienen que aceptarla y hacerla suya, no la aceptan. ¿Qué hacemos, jurídicamente? ¿Volvemos al Estatuto
que anuló el TC? Esto es un disparate. Pero no hay solución. Ahora mismo,
¿quién propone en Catalunya que la fórmula Constitución/Estatuto de autonomía sea
la fórmula para la integración de Catalunya dentro del Estado? Eso ya no vale.
¿Y un reconocimiento en la Constitución a una
singularidad nacional catalana y un sistema fiscal a semejanza del Cupo vasco?
La única salida, a
estas alturas del lío, es la revisión de la Constitución. Se tiene que constitucionalizar la estructura
territorial del Estado. Tanto en 1931 como en 1978 la solución que se encontró fue no resolver el
problema en la Constitución sino que ésta posibilita que se dé la respuesta a
través de los Estatutos.
La estructura
del Estado no está en la Constitución,
no está aprobada en referéndum por el pueblo español. Moraleja: el problema no puede ser resuelto si no se da respuesta en el
propio texto constitucional. Hay que pactar. Los
distintos territorios de España tenemos que mirarnos a los ojos y pactar cuál
es el lugar que vamos a tener en el Estado. Es decir, hay que hacer un Estado Federal.
¿No tenemos un Estado federalizado?
Este Estado es
antifederal. El territorio en base al cual se hace la definición del
Estado es la provincia, pero no las comunidades autónomas que existen sociológicamente
y casi no existen para la Constitución. Esa es la barbaridad. Cogen la provincia, que es la institución territorial del antiguo
régimen, y con base en ella se define la representación del pueblo español
tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado. Nuestra
Constitución territorial es una Constitución provincial. Y eso
es antifederal y antidemocrático.
El
Senado es materialmente anticonstitucional; ¡el Senado es un aborto!
Ese es el órgano a través del cual las comunidades
autónomas, como apéndice de las provincias, participan en la formación de la
voluntad del Estado.
Usted considera que la Transición fue una
"trampa" para incrustar la monarquía y cuestiona el propio proceso de
definición de las Cortes Constituyentes...
El objetivo de la
Transición fue garantizar la restauración monárquica. Es una transición a la democracia, indispensable
para que la monarquía no se ponga en cuestión, porque la monarquía no podía sobrevivir a esas
alturas de la historia sin un Estado democrático. Y para eso es para lo que sirve la Ley de la Reforma Política y el decreto-ley
de normas electorales. Y lo consiguen: un Congreso de los Diputados en el cual, mediante
una desviación calculada del principio de igualdad, garantizaron unos
determinados resultados y un Senado provincial donde, aparte
de garantizar el bipartidismo, evitaron el federalismo. No podían instaurar un Estado central unitario,
pero tampoco el Estado federal. Esa fue la pulsión. A través de la provincia consiguieron un
bipartidismo dinástico en el Congreso y un Senado que es un baluarte contra el
federalismo.
Lo que hace falta es el Estado federal,
porque el Estado federal es el que se pacta en sede constituyente. El Estado de las
autonomías es un punto de llegada, la Constitución no lo define.
El Estado Federal
hay que pactarlo, y no se ha hecho nunca. La sociedad española nunca ha sido capaz de enfrentarse
con su complejidad territorial y definirla constitucionalmente. Y ha cogido
atajos, que siempre acaban en el Tribunal Constitucional que los hace saltar por los
aires.
La monarquía también tendría que abordarse en la
reforma de la Constitución...
Las tres
grandes decisiones constitucionales son: monarquía, constitución bipartidista y antifederalismo.
Fue una Constitución monárquica, bipartidista y
antifederal. Y eso se cuela en la Constitución y no se debatió en las
Cortes Constituyentes. Esas tres grandes decisiones se debaten y se
establecen en las
Cortes de Franco que dieron paso a la
Ley para la Reforma Política. Ahí la
responsabilidad del PSOE es
inmensa, que entra como partido republicano y acaba siendo un partido
dinástico.
¿Qué tendrían que hacer el Congreso y el Senado?
La Constitución
está a punto de saltar por los aires sin que exista alternativa de
gobernabilidad. Su revisión tienen que
realizarla el Congreso y Senado. Pero lo primero que
tendrían que hacer es desaparecer en la revisión del texto constitucional. El Senado, por supuesto, y también el Congreso: la complejidad de la sociedad española no puede expresarse a
través de esa cámara, y vamos a verlo ahora en las elecciones, porque nos
encaminados hacia la ingobernabilidad.
El principio de igualdad tiene que hacerse
valer; no puede estar domesticado, que es lo que se hizo en la
Transición a través de un mecanismo electoral para garantizar el
sistema bipartidista, que ha penetrado en todos los poderes e instituciones. Con el principio de igualdad, donde el
voto vale lo mismo en todas las circunscripciones electorales, el resultado final no lo controlan.
Sorprende oír hablar de territorios y no de
derechos sociales o de demandas como iniciativas populares contra el sistema
hipotecario presentado por plataformas antidesahucios, que acabaron estampadas
ante un muro del Congreso.
En las propuestas de reformas que se estudian
aparecen estas cuestiones. Pero primero hay
que resolver quién va a tomar la decisión y quién, a partir de este momento, va
a ser el representante el pueblo español. La composición de las Cortes Generales es decisiva, y ahí tiene que haber una traducción
del principio de igualdad, y no de la
igualdad domesticada, cautiva y encorsetada de la Constitución.
¿Y la reforma del Tribunal Constitucional?
Es una monstruosidad.
Esto es una derivación de la sentencia famosa del 2010: encargas al Tribunal Constitucional que te resuelva
tus problemas, para no tener el coste político
de poner en marcha el artículo 155 de la Constitución, al igual que ocurre con la Ley de Seguridad Ciudadana.
¿Existe consenso entre los constitucionalistas de
que estamos al final de este proceso, como usted sostiene?
Yo creo que no. Mi posición es más bien minoritaria. En la profesión ya hay un acuerdo avanzado de que estamos
ante una crisis gravísima. Pero hay grandes diferencias respecto a las soluciones
y las fórmulas.
Julia Pérez
Joan A. Forès
Reflexions
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